Nacionales
La AFIP fijó un nuevo pago a cuenta de Ganancias para grandes empresas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó este viernes un pago a cuenta del 15% del Impuesto a las Ganancias, para 190 grandes empresas que presentaron un resultado impositivo igual o superior a $ 600 millones.
La medida, formalizada a través de la Resolución General 5.391/2023 publicada en el Boletín Oficial, alcanza a empresas que, según señaló la AFIP en un comunicado, “obtuvieron ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios, en el marco del crecimiento económico consolidado en 2022”.
En ese sentido, el anticipo busca apuntalar la recaudación, profundizando los “controles sobre los sectores de mayor capacidad contributiva”, para “reducir los impactos negativos sobre los sectores más vulnerables de la población”.
El anticipo lo deberán pagar aquellas empresas con un resultado impositivo -sin aplicar la deducción de quebrantos impositivos de ejercicios anteriores- que sea igual o superior a $ 600 millones, por lo que alcanzará a 190 empresas, equivalente a “menos del 1% del total de las personas jurídicas que presentan las declaraciones juradas del impuesto”, indicó la AFIP y aclaró que quedaban excluidas las compañías que cuenten con un certificado de exención del impuesto.
Esto, por ende, alcanzará también a las empresas que tuvieron ganancias en la última declaración jurada pero que no pagaron el gravamen porque descontaron los quebrantos (resultados negativos) de ejercicios anteriores.
La normativa de Ganancias permite absorber los quebrantos en los resultados positivos posteriores, deduciéndolos del total gravado a pagar del impuesto como saldo a favor.
Según la AFIP, esta situación llegaba a ser tal que, en ciertos casos, el cómputo de los quebrantos acumulados de ejercicios anteriores producía la anulación del resultado impositivo y generaba como consecuencia “la falta de determinación del impuesto de uno o más períodos fiscales y la consiguiente supresión del impacto extraordinario del ejercicio en curso”.
Las empresas alcanzadas deberán considerar la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2022, en el caso de que el cierre de ejercicio haya sido entre los meses de agosto y diciembre de ese año, inclusive.
En tanto, aquellas firmas cuyos cierres hayan operado entre los meses de enero y julio de este año, deberán tener en cuenta la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2023.
En ambos casos, siempre según la nueva disposición, el pago a cuenta será computado en el período fiscal siguiente al que se haya tomado como base de cálculo: 2023 para las declaraciones juradas de 2022; y 2024 para las de 2023.
El anticipo del 15% podrá ser pagado en hasta tres cuotas, dependiendo de la fecha de cierre de ejercicio de las empresas.
Las fechas de vencimientos -todas en el día 22 de cada mes- para las firmas con cierre entre agosto y diciembre del año pasado serán entre agosto y octubre próximo.
En tanto, las que cerraron entre enero y mayo de este año, deberán pagar en diciembre, enero y febrero; mientras que las lo hicieron en junio, lo harán entre enero y marzo del año próximo.
Las cuotas para las empresas que cerraron ejercicio en julio, tendrán fecha de vencimiento en febrero, marzo y abril de 2024.
Empresas de mayores ingresos
En agosto de 2022, la AFIP fijó, de modo similar, un anticipo para las empresas de mayores ingresos, en el cual se apuntó a recaudar más de $ 250.000 millones.
A diferencia del de este año, dicho anticipo era del 15% para las empresas con ganancias iguales o superiores a $ 100 millones, y del 25% para las de más de $ 300 millones.
Tanto en la disposición del año pasado como en la de este, el anticipo no implica una modificación de las alícuotas de Ganancias para las empresas y su correspondiente presión fiscal, fijadas en 35% para las de mayor recaudación, reteniéndose, además, 7% para los casos en que se distribuyan dividendos.
Tanto la participación dentro de la estructura tributaria (9% del total), como la recaudación que genera el tributo (2,5% del total del Producto Bruto Interno) se ubica en línea con el promedio de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
En la OCDE, el tributo representa 9,6% de la estructura tributaria, promediando 15,8% en Latinoamérica y el Caribe.
Esta situación contrasta con el Impuesto a las Ganancias a Personas Físicas, donde en Argentina sólo representa el 7% de la estructura tributaria contra un 24% de promedio en la OCDE, con una presión fiscal mayor -en cambio- en los impuestos que gravan al consumo.

Nacionales
Expropiación de YPF: Tras el fallo millonario, piden embargar bienes

En una carta a la jueza de Nueva York Loretta Preska, los abogados del fondo Burford –los beneficiarios del histórico fallo que la Argentina perdió por US$16.000 millones por la expropiación de la petrolera YPF mal ejecutada por Axel Kicillof y Cristina Kirchner– reclamaron comenzar a embargar los bienes del país alegando que la Argentina no cumplirá con la decisión judicial.
Los letrados repasaron en la misiva a la jueza los antecedentes del Gobierno a la hora de evitar sentencias dictadas en los Estados Unidos y argumentaron el pedido a la magistrada por “declaraciones públicas de funcionarios de alto nivel que demuestran que no tienen intención de cumplir con la decisión”.
La Argentina ya sufrió embargos en el pasado reciente. Uno de los casos más recordados es el de la Fragata Libertad, que estuvo 77 días detenida en el puerto africano de Tema (Ghana) durante 2012.
“Estaba convencido de que Burford iba a esperar a comenzar el proceso de embargos a cuando se conociera la identidad del nuevo presidente de la República Argentina para negociar con ellos”, dijo el director de Latam Advisors, Sebastián Maril.
“Lo que están haciendo con esta carta es decir que no quieren demorar el proceso de embargos hasta pasados 30 días desde el día en que se publicó el fallo, es decir, el 15 de septiembre”, agregó el experto.
“O están utilizando esta carta para presionar al Gobierno argentino y sentarse a negociar o le están diciendo al próximo gobierno que no le van a hacer la vida fácil, ya que van a seguir la actitud que tomó NML Capital con Elliott Management y con [Paul] Singer hace ya casi 8 años cuando empezaron los embargos, porque la Argentina no quería cumplir con los fallos de la corte del juez Griesa”, cerró.
Maril cree que el país debería apelar la decisión de Preska y ofrecer un bono para evitar los embargos. “Pero la Argentina no tiene forma de poner un bono para evitar embargos porque no tiene dinero”, señaló.
“En pocas palabras, la Argentina no tiene intención de pagar la sentencia, y sería espurio que la Argentina sugiriera lo contrario”, dice la carta. Cierra entonces indicando que ese plazo de 30 días para comenzar los embargos es “un plazo razonable”. Ahora, la jueza deberá aceptar o no el pedido de los beneficiarios del fallo.
La expropiación de YPF
Días atrás, a mediados de este mes, Preska confirmó que la Argentina deberá pagar casi US$16.100 millones. A partir de ahora, el país puede apelar el fallo. Pero la jueza había publicado su primer fallo de “opinión y orden” a fines de marzo pasado, cuando determinó que el Estado argentino debía pagar una indemnización por la expropiación del 51% de las acciones de YPF y donde eximía de responsabilidades a la petrolera.
Según la decisión de la Justicia americana, el Estado argentino pagará US$14.385 millones al fondo Burford Capital (US$7533 millones de daños y US$6852 millones de pago de intereses acumulados entre el 3 de mayo de 2012 y el 15 de septiembre de 2023) y US$1714 millones a Eton Capital (US$897,7 millones de daños y US$816,6 millones de intereses). Asimismo, a medida que la Argentina no pague la indemnización, tendrá que pagar una tasa variable del mercado estadounidense que ajusta de manera semanal. Actualmente, se encuentra en 5,42% anual.
El Estado argentino ya dijo que apelará el fallo, al igual que harán los fondos sobre el fallo que eximió de responsabilidades a YPF. Una vez hecha la apelación, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito se tomará entre nueve y 12 meses para decidir si acepta el juicio. Es la anteúltima instancia antes de apelar a la Corte Suprema.
Los fondos sostuvieron que el gobierno de Cristina Kirchner no lanzó una oferta pública de adquisición (OPA) sobre el total de las acciones, como dice el estatuto de YPF presentado en Estados Unidos cuando salió a cotizar en Bolsa. Según el artículo 7º del estatuto, cuando un inversor compra más del 15% de las acciones, debe hacer una oferta de adquisición al resto de los accionistas.
En su momento, la Argentina no hizo la OPA y el entonces viceministro de Economía, Axel Kicillof, que era interventor en YPF, dijo en el Congreso, antes de votarse la ley de expropiación: “Créanme que si uno quería comprar acciones para entrar a la compañía y pasaba el 15%, pisaba la trampa del oso y tenía que comprar el ciento por ciento a un valor equivalente a US$19.000 millones. ¡Porque los tarados son los que piensan que el Estado tiene que ser estúpido y comprar todo según la ley de la propia YPF, respetando su estatuto! ¿Si no dónde está la seguridad jurídica? Señores, fue una empresa, se reunieron y dijeron: ‘¿Cómo podemos hacer para que nadie nunca intervenga en el control de la compañía?’”.
Tanto los demandantes como la jueza Preska citaron esa frase para justificar los alegatos y el fallo. “La República obligó a los demandantes a otorgarle un préstamo masivo después de expulsar por la fuerza a los miembros del directorio de YPF, el 16 de abril de 2012, lo que provocó que los representantes de Repsol en YPF huyeran del país. El Sr. Kicillof declaró descaradamente que sería ‘estúpido’ cumplir ‘la ley de la propia YPF’ o ‘respetar sus estatutos’”, dijo la magistrada, en el fallo de la semana pasada.
Las compañías Petersen eran propiedad de la familia Eskenazi, dueña también del Banco de Santa Cruz, donde trabajó durante los cuatro años del gobierno de Mauricio Macri el actual procurador del Tesoro, Carlos Zannini, encargado de liderar la defensa jurídica del Estado argentino. Pese a que el expediente de juicio en Nueva York figura que los demandantes son las empresas Petersen, la familia Eskenazi dice que el grupo, con operaciones en el país, “es totalmente ajeno a la demanda”.
Nacionales
Senado: el kirchnerismo logró dictamen para Ganancias

El oficialismo hizo valer su número y sacó adelante el dictamen del proyecto como llegó de Diputados. “Vamos a ratificar la media sanción de Ganancias que viene de Diputados para que inmediatamente sea promulgada por el Poder Ejecutivo y se pueda ver en el salario de octubre”, adelantó el jefe del bloque del Frente de Todos, José Mayans, en la previa a que se reuniera la comisión de Presupuesto y Hacienda. Y así sucedió.
El proyecto que modifica la Ley de Impuesto a las Ganancias, aprobado el martes a la noche en la Cámara de Diputados, se debatió esta tarde en el seno de la Comisión del Senado con la intención, como adelantó Mayans, de hacer valer la mayoría en la comisión y firmar el dictamen y dejar la iniciativa preparada para que sea llevada al recinto la semana que viene.
Aunque en la Comisión Juntos por el Cambio (JxC) mostró disidencias, las mismas que había exhibido en la Cámara de Diputados, el oficialismo logró dictaminar y el jueves que viene planea llevarlo al recinto ya que tendría acordado el apoyo necesario con otros legisladores que no forman parte de los bloques mayoritarios.
El senador radical opositor, Victor Zimmerman, fue el primero en tomar la palabra e hizo referencia a que invitaron al ministro de Economía, Sergio Massa, para que explique cómo se iba a compensar la caída en la recaudación y de la coparticipación. “Mi provincia, Chaco, entre lo que se pierde de recaudación de Ganancias y del IVA va a perder 75.000 millones de pesos, tres veces la masa salarial”. A partir de esto, pidió “invitar a los gobernadores, a los intendentes, para que expliquen cuánto van a perder”.
El senador Pablo Blanco hizo referencia a que su provincia, Tierra del Fuego, “perdería 20.000 millones de pesos” y que la medida, como es “electoralista”, debería ser “solo el decreto hasta el 31 de diciembre, porque la ley es a partir del 1 de enero, y ya será otro gobierno”.
La respuesta llegó de parte de Juliana Di Tullio quien hizo referencia que cuando Sergio Massa “que sí, es candidato a presidente, es mi candidato a presidente”, anunció la medida “ustedes pidieron que lo mande ahora que lo votaban con las dos manos. Lo que tienen que decidir es si quieren que el salario pague Ganancias o no, no importa quien gobierne es una política de Estado”.
El interbloque del Frente de Todos (FdT) está conformado por 31 miembros y suma a Alberto Weretilneck, Magdalena Solari Quintana y Clara Vega, todos senadores que tienen un monobloque. Pero lo más importante es que también tendrá de su lado, por lo menos hasta ahora, a tres de los cuatro peronistas disidentes que conforman el bloque Unidad Federal. Si eso sucede, no sería necesaria la presencia de Juntos por el Cambio para iniciar la sesión, ya que alcanzaría las 37 bancas.
Entre los socios del bloque Federal que se sumarán a la votación se encuentra la senadora por San Luis, María Eugenia Carlfamo, el jujeño Guillermo Snopek y el correntino Carlos Espínola, todos ex Frente de Todos. A este grupo se le podría sumar el entrerriano Edgardo Kuider, por lo que al oficialismo le sobraría un voto.
Nacionales
Otro revés para CFK: la Corte convalidó la ley del arrepentido

El máximo tribunal desestimó un planteo de inconstitucionalidad del exministro De Vido.
En otro duro revés judicial para el kirchnerismo, la Corte Suprema de Justicia respaldó este martes la constitucionalidad de la ley del arrepentido al desestimar un recurso del exministro de Planificación Federal Julio De Vido, con el que cuestionaba la norma en la causa de los cuadernos de las coimas.
En ese caso, se investiga la denuncia contra De Vido y otros exfuncionarios de Néstor y Cristina Kirchner por su presunta participación en una organización criminal integrada por funcionarios públicos y contratistas de obra pública. Esa organización, según la Justicia, se dedicó a percibir los fondos de origen supuestamente ilícito que provenían de los sobreprecios de las obras públicas.
Los arrepentidos constituyen el corazón de la causa de los Cuadernos. Oscar Centeno, el autor de las anotaciones, fue el primero de los arrepentidos en agosto de 2018 que desató la ola de pactos que se hicieron en la fiscalía de Carlos Stornelli. En total hubo 31 arrepentidos entre empresarios y ex funcionarios que buscaron aliviar su situación para salir de prisión o evitar una detención.
Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios de la cartera para retirar sobornos pagados por empresarios. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y los empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia.
Algunos de los viajes de Centeno terminaban en el departamento de la calle Juncal, donde vivió Cristina Kirchner en Recoleta y los bolsos que supuestamente bajaban allí eran recibidos por Daniel Muñoz, el fallecido exsecretario de los Kirchner.
Esta decisión de la Justicia significa un revés para la vicepresidenta Cristina Kirchner porque en esta causa, donde se homologaron 31 acuerdos de colaboración con arrepentidos, ella está acusada de haber liderado una asociación ilícita para recaudar coimas de empresarios de la obra pública.
Aunque el fallo judicial no fue en respuesta a un planteo de la vicepresidenta, Kirchner está acusada de hechos de corrupción que fueron revelados por los imputados colaboradores y que luego la Justicia dio por acreditados con otros elementos de prueba.
La ley 27.304, sancionada el 19 de octubre de 2016, consagró la figura del “delator premiado” o “imputado colaborador” (arrepentido) con un alcance más amplio del que tenía hasta entonces en otras disposiciones. En la práctica, el acogimiento a este régimen implicaba que aquel partícipe de un hecho ilícito que declara en calidad de arrepentido, obtiene una disminución de la pena privativa de la libertad a cambio de informaciones relevantes para el esclarecimiento o avance de la investigación.
En la causa hay 159 acusados -están todos en libertad- y los testigos ofrecidos para el juicio oral son 899, lo que convierte a este expediente en “la investigación de hechos de corrupción más extensa que se ha realizado en la historia judicial argentina, comparable a unas pocas a nivel mundial”, según la fiscal de juicio Fabiana León.
La causa por los cuadernos de las coimas ya está elevada a juicio oral. El tribunal oral les permitió a todos los imputados, a los querellantes y a la fiscalía que hagan el ofrecimiento de la prueba que usarán en el proceso. Esto es, definir a testigos que quieran convocar, qué documentación quieren incorporar, o si entienden que hay que hacer medidas previas al comienzo de la audiencia, como nuevos peritajes. Ahora los jueces están analizando qué pruebas admiten y cuáles no.
Esta causa, en rigor, no es un solo expediente sino que son 10 expedientes que se encuentran conectados y por eso tramitan como un conjunto. Esos expediente abarca en total 540 hechos de corrupción, que en su mayoría son pagos y recepciones de sobornos.
El Tribunal Oral Federal N° 7 es el encargado de hacer el juicio oral. Pero antes está determinando que pruebas se admiten en el juicio o cuales no. Está integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero.
Los acusados vienen interponiendo diversos recursos de nulidad para frustrar la realización del juicio o excluir sus declaraciones como “arrepentidos” en la cuales admitieron haber efectuado pagos a los empresarios. La fiscalía se opuso en todos los casos y el tribunal oral federal respaldó a la fiscal León y rechazó esas pretensiones de los implicados.
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