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Nacionales

La AFIP fijó un nuevo pago a cuenta de Ganancias para grandes empresas

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó este viernes un pago a cuenta del 15% del Impuesto a las Ganancias, para 190 grandes empresas que presentaron un resultado impositivo igual o superior a $ 600 millones.

La medida, formalizada a través de la Resolución General 5.391/2023 publicada en el Boletín Oficial, alcanza a empresas que, según señaló la AFIP en un comunicado, “obtuvieron ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios, en el marco del crecimiento económico consolidado en 2022”.

En ese sentido, el anticipo busca apuntalar la recaudación, profundizando los “controles sobre los sectores de mayor capacidad contributiva”, para “reducir los impactos negativos sobre los sectores más vulnerables de la población”.

El anticipo lo deberán pagar aquellas empresas con un resultado impositivo -sin aplicar la deducción de quebrantos impositivos de ejercicios anteriores- que sea igual o superior a $ 600 millones, por lo que alcanzará a 190 empresas, equivalente a “menos del 1% del total de las personas jurídicas que presentan las declaraciones juradas del impuesto”, indicó la AFIP y aclaró que quedaban excluidas las compañías que cuenten con un certificado de exención del impuesto.

Esto, por ende, alcanzará también a las empresas que tuvieron ganancias en la última declaración jurada pero que no pagaron el gravamen porque descontaron los quebrantos (resultados negativos) de ejercicios anteriores.

La normativa de Ganancias permite absorber los quebrantos en los resultados positivos posteriores, deduciéndolos del total gravado a pagar del impuesto como saldo a favor.

Según la AFIP, esta situación llegaba a ser tal que, en ciertos casos, el cómputo de los quebrantos acumulados de ejercicios anteriores producía la anulación del resultado impositivo y generaba como consecuencia “la falta de determinación del impuesto de uno o más períodos fiscales y la consiguiente supresión del impacto extraordinario del ejercicio en curso”.
Las empresas alcanzadas deberán considerar la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2022, en el caso de que el cierre de ejercicio haya sido entre los meses de agosto y diciembre de ese año, inclusive.

En tanto, aquellas firmas cuyos cierres hayan operado entre los meses de enero y julio de este año, deberán tener en cuenta la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2023.

En ambos casos, siempre según la nueva disposición, el pago a cuenta será computado en el período fiscal siguiente al que se haya tomado como base de cálculo: 2023 para las declaraciones juradas de 2022; y 2024 para las de 2023.

El anticipo del 15% podrá ser pagado en hasta tres cuotas, dependiendo de la fecha de cierre de ejercicio de las empresas.

Las fechas de vencimientos -todas en el día 22 de cada mes- para las firmas con cierre entre agosto y diciembre del año pasado serán entre agosto y octubre próximo.

En tanto, las que cerraron entre enero y mayo de este año, deberán pagar en diciembre, enero y febrero; mientras que las lo hicieron en junio, lo harán entre enero y marzo del año próximo.

Las cuotas para las empresas que cerraron ejercicio en julio, tendrán fecha de vencimiento en febrero, marzo y abril de 2024.

Empresas de mayores ingresos

En agosto de 2022, la AFIP fijó, de modo similar, un anticipo para las empresas de mayores ingresos, en el cual se apuntó a recaudar más de $ 250.000 millones.

A diferencia del de este año, dicho anticipo era del 15% para las empresas con ganancias iguales o superiores a $ 100 millones, y del 25% para las de más de $ 300 millones.

Tanto en la disposición del año pasado como en la de este, el anticipo no implica una modificación de las alícuotas de Ganancias para las empresas y su correspondiente presión fiscal, fijadas en 35% para las de mayor recaudación, reteniéndose, además, 7% para los casos en que se distribuyan dividendos.

Tanto la participación dentro de la estructura tributaria (9% del total), como la recaudación que genera el tributo (2,5% del total del Producto Bruto Interno) se ubica en línea con el promedio de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En la OCDE, el tributo representa 9,6% de la estructura tributaria, promediando 15,8% en Latinoamérica y el Caribe.

Esta situación contrasta con el Impuesto a las Ganancias a Personas Físicas, donde en Argentina sólo representa el 7% de la estructura tributaria contra un 24% de promedio en la OCDE, con una presión fiscal mayor -en cambio- en los impuestos que gravan al consumo.

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El Gobierno llamó a licitación para la concesión de rutas nacionales

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El Gobierno publicó el llamado a licitación de los tramos de rutas nacionales comprendidos en el Corredor Vial 18, para delegar en el sector privado el mantenimiento y la conservación de los mismos “con el fin de reducir el gasto público”.

El puntapié para el comienzo del proceso de privatización de senderos de jurisdicción nacional había sido anticipado por el Ejecutivo en los últimos días y fue oficializado este miércoles mediante el Decreto 28/2025 publicado en el Boletín Oficial.

En la normativa se precisó que la iniciativa fue impulsada partiendo de la idea de “mantener un criterio sistematizado y unificado con relación a la concesión por peaje de los tramos y rutas que integran la Red Vial Nacional”.

Al respecto, se estimó conveniente que “el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Transporte, lleve a cabo, entre otras tareas, el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, la aprobación de los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas, el texto del contrato y demás documentación necesaria para la realización del proceso licitatorio y, oportunamente, el dictado del acto administrativo de adjudicación”.

Al argumentar la decisión, se expuso que “con el fin de reducir el gasto público resulta conveniente delegar en el sector privado la conservación y el mantenimiento de tramos de rutas nacionales cuya gestión se encuentra actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad”.

Además, en el texto oficial se aclaró que la medida permite “garantizar la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento y prestación de servicios al usuario de todos los Tramos de la Red Vial Nacional detallados” junto con “la realización de nuevas explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener ingresos adicionales”.

Los tramos que serán otorgados en Concesión de Obra Pública por peaje, bajo el régimen de la Ley Nº 17.520, son los pertenecientes al Corredor Vial 18, actualmente a cargo de Caminos del Río Uruguay, compuestos por las rutas 12 (desde Zárate a Ceibas y desde Ceibas hasta Gualeguay), 14 (desde Ceibas hasta Paso de los Libres), 135 (de Colón a General Artigas), A-015 (de Concordia a Represa Salto Grande), 117 (de Paso de los Libres a Agustín P. Justo y de Agustín P. Justo al límite internacional entre Argentina y Brasil), y la 174 (de Rosario a Victoria).

En relación a las rutas seleccionadas para comenzar el proceso de privatización de la red vial nacional, el documento oficial recordó que “el corredor vial 18 es de suma importancia, no solo para la región del Litoral argentino sino para todo el Mercosur, al conectar tres de las cuatro naciones miembros de ese organismo intergubernamental por vía terrestre, además de incluir en su traza la conexión a la Represa Binacional Salto Grande”.

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Gas: el Gobierno convoca a audiencia para definir nuevos aumentos

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El Gobierno convocó a una audiencia pública el próximo 6 de febrero para determinar los aumentos en las tarifas de transporte y distribución gas. Además, se tratará la metodología de ajustes periódicos y la modificación de la reglamentación relacionada al corte de servicio por deudas.

La instancia fue promovida por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) en el marco del proceso de revisión tarifaria y se llevará a cabo desde las 9 del primer jueves del mes próximo, en forma virtual.

El organismo especificó que se incluirán como temas la “revisión quinquenal de tarifas de transporte y distribución de gas”, “la metodología del ajuste periódico” de las mismas y la “modificación del Reglamento de Servicio de Distribución” vinculados con “los conceptos” asociados a “la facultad de corte de servicio por falta de pago”.

Según lo precisado por el Enargas, las tarifas deberán “proveer a los transportistas y distribuidores que operen en forma económica y prudente, la oportunidad de obtener ingresos suficientes para satisfacer todos los costos operativos razonables aplicables al servicio, impuestos, amortizaciones y una rentabilidad razonable”.

Asimismo, explicaron que tendrá que tomar en cuenta las “diferencias” que puede haber entre “distintos tipos de servicios”, en concepto de la “forma de prestación, ubicación geográfica, distancia relativa a los yacimientos” y cualquier otra “modalidad” que califiquen como “relevante”.

A su vez, aclararon que el precio de venta de gas por parte de los distribuidores a los consumidores incluirá “los costos de adquisición” y que se deberá “asegurar” el mínimo valor para los usuarios “compatible con la seguridad del abastecimiento”.

Por otro lado, remarcaron que “la participación de la ciudadanía y de las empresas prestadoras de estos servicios es un paso previo indispensable para la adopción de decisiones públicas, permitiendo evaluar las presentaciones realizadas conforme a la normativa vigente”. La inscripción para participar como orador de la audiencia se abrirá el próximo miércoles y estará habilitada hasta el 3 de febrero a las 23:59.

En Enargas autorizó subir 1,8% las tarifas de transporte y distribución para Metrogas desde el 1° de enero. Las audiencias apuntan además a evaluar los planes de inversión de las empresas reguladas para los próximos cinco años, los objetivos de mejora en la calidad de los servicios públicos y, consecuentemente, sus necesidades de aumentos de tarifas. La idea del Gobierno es tener definidas nuevas tarifas de gas hacia fines de marzo o principios de abril, con incrementos finales a los usuarios que sean de un dígito, es decir por debajo del 10%.

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El Gobierno formalizó la convocatoria a extraordinarias

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El Gobierno oficializo la citación a sesiones extraordinarias entre el 20 de enero y el 21 de febrero para debatir la eliminación de las elecciones primarias PASO, los pliegos a la Corte Suprema y un paquete de proyectos de seguridad.

La decisión fue plasmada a través del DNU 23/2025 que firmaron el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.

El Gobierno giró al Senado la convocatoria a sesiones extraordinarias desde el próximo lunes hasta el 21 de febrero, y luego se envió una copia del DNU al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem. .

Uno de los principales temas que el Gobierno quiere abordar es la eliminación de las PASO que se deben realizar en agosto para definir los candidatos que presentarán los partidos políticos en los comicios de octubre para renovar 127 bancas de diputados y 24 del Senado.

Con la formalización de la convocatoria al período extraordinario, Diputados deberá armar una agenda para que las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia traten la reforma electoral, que tiene como punto central la derogación de las PASO.

Para poder lograr su objetivo el oficialismo debe alcanzar acuerdos con los bloques opositores y por el cual esta semana Francos avanzará con conversaciones, en primera instancia, con los bloques aliados del PRO y la UCR.

En ese sentido, el diputado de la Libertad Avanza, Lisandro Almirón, dijo que “la eliminación de las PASO es fundamental ya que demostraron su ineficacia”, aunque no descartó que, si no hay acuerdo con la oposición, se podría analizar en una primera instancia la suspensión de las elecciones primarias. .

Almirón agregó que “no se justifica que el Estado gaste el dinero de todos los argentinos para las internas de los partidos políticos” y resaltó la implementación de la Boleta Única de Papel para las próximas elecciones. .

Al ser consultado sobre la propuesta de suspender las PASO en lugar de su eliminación, Almirón dijo que el objetivo de “máxima” es eliminarlas y agregó: “Pero necesitamos consensos y, si no se logran los acuerdos, la suspensión sería un instrumento transitorio que podría tener sentido”.

La sanción del proyecto de reforma electoral requiere una mayoría agravada de 129 votos en la Cámara de Diputados y 37 en el Senado, con lo cual necesita el respaldo de las bancadas de bloques aliados y de al menos un sector de Unión por la Patria.

También quiere que se aprueben los pliegos a la Corte Suprema de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla.

Se incluye un nuevo proyecto de Ficha Limpia para evitar que puedan ser candidatos electivos los dirigentes condenadas en segunda instancia por casos de corrupción que deberá ser enviado por el Poder Ejecutivo.

En cuanto al resto del temario vinculado al paquete de proyectos de Seguridad, la ley Antimafia para combatir el crimen organizado y el narcotráfico, que tiene sanción de Diputados y dictamen de comisión en el Senado, con lo cual se podría tratar en la cámara alta.

Las reformas del Código Penal propuestas en el proyecto sobre crimen organizado se aplicarán en delitos que involucren el narcotráfico, lavado de dinero, de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos. .

Una de las modificaciones que se contempla es una pena de 8 a 20 años de prisión o reclusión, por la mera pertenencia a la asociación ilícita que cometa ese delito.

En ese sentido, se establece que la pena por el delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella.

Otro de los proyectos que quiere aprobar el oficialismo es la reforma del Código Procesal Penal sobre Reincidencia para evitar la puerta giratoria de los delincuentes, cuando ya tienen otros procesos por otros delitos. .

Esa propuesta tiene dictamen de comisión y no se pudo debatir porque estaba incluida en la misma sesión convocada para debatir el proyecto de Ficha Limpia, que no tuvo quórum porque no asistieron legisladores libertarios ni bloques que acompañan al oficialismo.

El despacho establece que si alguien está procesado y se comete un nuevo delito, se proceda a la detención, al modificarse el concepto de reincidencia por reiterancia para terminar con la denominada “puerta giratoria”.

La iniciativa modifica el artículo 17 del Código Procesal y, en ese sentido, establece que “las medidas restrictivas de la libertad solo podrán fundarse en la existencia de peligro real de fuga, de obstaculización de la investigación o de reiterancia delictiva, consistente en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada”.

En el temario se incluyó una reforma del Código Procesal Penal para implementar el Juicio en Ausencia que se podría aplicar para los acusados iraníes y libaneses del atentado terrorista a la sede de la AMIA, que tiene despacho de las comisiones de Legislación Penal y Justicia.

El proyecto que tiene dictamen de comisión permitirá juzgar a funcionarios del gobierno iraní acusados de ser los autores intelectuales y a los libaneses de Hezbollhá señalados por haber organizado el atentado que causó 85 muertos.

La Argentina había pedido la extradición de los ex ministros de Defensa Ahamad Vahidi; del ex ministro de Seguridad Alí Fallhijan; del ex ministro de Seguridad, del ministro de Economía y ex comandante de la Guardia Revolucionaria Mohsen Rezai; del ex agregado cultural de la embajada de Irán en Buenos Aires, Moshen Rabbani, y del ex secretario de esa sede diplomática Ahmad Reza Ashgari.

Este criterio de juzgamiento sin el imputado presente durante el juicio será válido para delitos de lesa humanidad, terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.

El juicio en ausencia sólo procederá cuando se hubieran cumplido una serie de requisitos, como por ejemplo que el imputado declarado rebelde, “conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial”.

También si “se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho” durante cuatro meses “desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional”, sin poder dar con su paradero.

Además, se aplicaría el juicio en ausencia si “el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero ha sido denegado o no ha tenido respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo Nacional no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país”.

La agenda se completa con otra iniciativa de Compensación e Índice de Actualización de Quebrantos que deberá ser enviado por el Gobierno Nacional.

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